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Normativa
1. Reial decret 126/2026, de 18 de febrer
Es fixa el salari mínim interprofessional per a 2026, amb un increment del 3,1% respecte a 2025.
2. Criteri de Gestió 5/2026 de la *TGSS
Activitat simultània en diversos Estats i recordatori del principi d'unicitat de la legislació de Seguretat Social.
3. Adhesió al Conveni sobre protecció de la maternitat
Entrada en vigor de l'instrument d'adhesió al Conveni de la *OIT sobre protecció de la maternitat.
Sentències d'interés
1. Llibertat sindical i mitjans de comunicació interna
2. Impacte del *MEI en convenis especials després d'acomiadaments col·lectius
3. Acomiadament disciplinari per portar al gos a l'eutanàsia
4. Il·legalitat en registres sistemàtics sense causa justificada
5. Videovigilància i acomiadament disciplinari
6. Permís parental i meritació de vacacions
Comentari del mes
Agenda laboral 2026
Article principal amb les 10 fites normatius de 2026mobilitat internacional, intel·ligència artificial en RH, registre digital de jornada, acomiadament, llei d'indústria, talent sènior, absentisme, conciliació, negociació col·lectiva i eficiència processal.
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Sentències d'interés
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Llei de Segona Oportunitat 2026: el Tribunal Suprem flexibilitza l'exoneració de deutes
Dos sentències recents del Tribunal Suprem introduïxen una interpretació més flexible de la Llei de Segona Oportunitat i poden obrir noves possibilitats per a autònoms i particulars.
Durante años, muchas personas que acudían a la Ley de Segunda Oportunidad descubrían algo inesperado: aunque cumplieran los requisitos, bastaba una derivación de responsabilidad o determinadas deudas públicas para que el proceso quedara bloqueado. Dos sentencias recientes del Tribunal Supremo han cambiado de forma relevante el modo en que se interpreta la exoneración de deudas.
El Tribunal Supremo ha dictado recientemente dos resoluciones que están generando bastante interés en el ámbito concursal. Se trata de las sentencias de 18 de febrero de 2026 (STS 261/2026 y STS 264/2026), que introducen una interpretación más flexible de la Ley de Segunda Oportunidad.
1. La derivación de responsabilidad ya no bloquea automáticamente la Segunda Oportunidad
Uno de los obstáculos más habituales en los procedimientos de exoneración de deudas era la existencia de una derivación de responsabilidad.
Hasta ahora, en muchos procedimientos se interpretaba que si el deudor tenía una derivación de responsabilidad, por ejemplo como administrador de una sociedad, quedaba automáticamente excluido del mecanismo de Segunda Oportunidad.
El Tribunal Supremo ha corregido esta interpretación. La sentencia explica que la derivación de responsabilidad no es una sanción, sino un mecanismo de garantía de cobro para la Administración. Por tanto, no puede tratarse igual que una infracción grave o una conducta fraudulenta.
En consecuencia, la derivación de responsabilidad no puede utilizarse como veto automático para impedir la exoneración de deudas.
Atención. Tener una derivación de responsabilidad ya no significa automáticamente quedar fuera de la Segunda Oportunidad. Será necesario analizar el comportamiento real del deudor.
2. Solo el fraude o las infracciones muy graves pueden impedir la exoneración
El Supremo introduce una idea que resulta clave para entender estas sentencias. La exclusión del beneficio de exoneración solo se justifica cuando el deudor ha actuado de forma fraudulenta o gravemente negligente.
- Infracciones tributarias muy graves
- Conductas fraudulentas frente a acreedores
- Delitos económicos relevantes
Pero no necesariamente cuando existe una derivación de responsabilidad administrativa. El TS recuerda que el mecanismo de Segunda Oportunidad está pensado para personas deudoras de buena fe, y que cualquier limitación debe interpretarse de forma proporcional.
Atención. Los jueces deberán analizar si existe realmente una conducta fraudulenta antes de negar la exoneración.
3. Las deudas públicas dejan de depender del organismo que las recauda
Otro aspecto relevante que abordan las sentencias es el tratamiento del crédito público. Tradicionalmente, las deudas con la Administración han tenido una protección especial dentro del sistema concursal.
El Tribunal Supremo aclara ahora que el criterio debe aplicarse a cualquier crédito público, independientemente de quién lo recaude. Esto significa que la interpretación de los límites de exoneración no puede depender del organismo concreto.
- Ayuntamientos
- Comunidades Autónomas
- Administraciones públicas locales o provinciales
Atención. Las deudas públicas no pueden tratarse de forma distinta solo por el organismo que las gestione.
4. El juez debe analizar cada caso y no aplicar automatismos
Una de las ideas que más se repite en estas resoluciones es la necesidad de evitar decisiones automáticas. El Tribunal Supremo insiste en que la concesión de la exoneración exige analizar varios elementos:
- El origen de las deudas
- La conducta del deudor
- La proporcionalidad de las limitaciones legales
Además, recuerda que corresponde al juez comprobar de oficio si se cumplen los requisitos para acceder al beneficio de exoneración.
Atención. La exoneración no puede denegarse automáticamente. Debe analizarse la situación concreta del deudor.
5. La Segunda Oportunidad recupera su finalidad original
Las sentencias del Tribunal Supremo parecen ir en una dirección bastante clara: reforzar el objetivo real de la Ley de Segunda Oportunidad. Este mecanismo nació con una finalidad muy concreta: permitir que una persona insolvente pueda reiniciar su actividad económica cuando ha actuado de forma honesta.
Estas sentencias del TS no suponen que todas las deudas públicas puedan cancelarse automáticamente ni que cualquier deudor pueda acogerse a la Segunda Oportunidad. Pero sí introducen algo que hasta ahora faltaba en muchos procedimientos: un análisis real de cada caso.
En la práctica, esto puede abrir nuevas posibilidades para autónomos y particulares que hasta ahora veían bloqueado el acceso a la exoneración de deudas por motivos que, según el Supremo, no siempre estaban justificados.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Nou Registre Electrònic de Col·laboradors d'Estrangeria: què canvia en 2026
L'Orde *ISM/164/2026 crea un nou Registre Electrònic de Col·laboradors d'Estrangeria per a facilitar la tramitació de permisos de residència, treball i altres procediments migratoris.
El BOE del 5 de marzo ha publicado una norma que puede pasar desapercibida para muchos, pero que en la práctica afecta a miles de expedientes de extranjería. La tramitación de permisos de residencia o trabajo suele ser compleja. Formularios, plazos, documentación y no siempre resulta fácil para quien necesita iniciar el procedimiento.
El pasado 5 de marzo se publicó en el BOE la Orden ISM/164/2026, que regula el nuevo Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, una herramienta destinada a facilitar la tramitación de procedimientos administrativos relacionados con permisos de residencia, trabajo y otros trámites migratorios.
1. Un sistema pensado para facilitar los trámites de extranjería
La normativa responde a una realidad bastante conocida: muchas personas extranjeras encuentran dificultades para tramitar sus expedientes administrativos.
- Desconocimiento del procedimiento
- Dificultades con la administración electrónica
- Barreras lingüísticas
- Situaciones de vulnerabilidad
La nueva orden crea un registro de entidades que podrán actuar como colaboradoras en la presentación electrónica de solicitudes.
2. ¿Qué entidades podrán actuar como colaboradores?
No cualquier organización podrá inscribirse en este registro. La norma establece dos tipos de entidades:
- Organizaciones sindicales representativas
- Entidades sin ánimo de lucro con actividad vinculada al ámbito migratorio
Además, deberán cumplir varios requisitos: antigüedad mínima, obligaciones fiscales al día, ausencia de sanciones y experiencia real en asistencia a personas extranjeras.
3. ¿Cómo funcionará el registro?
El Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería dependerá de la Secretaría de Estado de Migraciones. La inscripción deberá realizarse de forma electrónica y tendrá una validez de cuatro años, renovable.
- Solicitud electrónica
- Revisión de requisitos
- Resolución en un plazo máximo de dos meses
Si en ese plazo no hay respuesta, se aplicará el silencio administrativo positivo.
4. Obligaciones de las entidades colaboradoras
- Verificar la formación suficiente de las personas habilitadas
- Garantizar que las gestiones se realicen correctamente
- Acreditar la representación de los interesados
- Disponer de firma electrónica válida
- Cumplir la normativa de protección de datos
Además, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil y la representación deberá tener carácter gratuito.
5. Qué significa esto para quienes necesitan tramitar un expediente
Este nuevo sistema busca mejorar la accesibilidad de los procedimientos administrativos y puede facilitar solicitudes de residencia, permisos de trabajo, regularización y otros trámites de extranjería.
Sin embargo, estos expedientes siguen siendo procedimientos jurídicos complejos. Antes de iniciar cualquier trámite, suele ser recomendable revisar el caso con profesionales especializados en extranjería.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Ajudes, subvencions i finançament per a empreses i pimes en 2026
Recopilem diverses ajudes i subvencions publicades en el BOE que poden resultar d'interés per a noves idees empresarials, innovació i impuls de projectes.
Para las empresas y PYMES relacionamos a continuación una lista de ayudas, subvenciones y financiación a nivel estatal que pueden resultar de interés para el impulso de nuevas ideas y la promoción de nuevos proyectos empresariales.
1. Ayudas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras
Boletín Oficial del Estado: Núm. 35
Fecha publicación: 9/02/2026
Plazo: Sin determinar
Organismo oficial: Ministerio de Industria y Turismo
2. Ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España durante 2026
Boletín Oficial del Estado: Núm. 43
Fecha publicación: 18/02/2026
Plazo: 11/03/2026
Organismo oficial: Ministerio de Cultura
3. Subvenciones a la rehabilitación de locales comerciales en el casco histórico de Toledo
Boletín Oficial del Estado: Núm. 42
Fecha publicación: 17/02/2026
Plazo: 30/04/2026
Organismo oficial: Ministerio de Hacienda
4. Ayudas en programas de talento para la internacionalización de ICEX España exportación e inversiones
Boletín Oficial del Estado: Núm. 42
Fecha publicación: 17/02/2026
Plazo: Sin determinar
Organismo oficial: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Si desea revisar qué ayudas, subvenciones o líneas de financiación pueden encajar con su empresa o proyecto, puede ponerse en contacto con este despacho profesional.
Acomiadament improcedent de personal indefinit no fix: el Suprem confirma l'opció empresarial
El Tribunal Suprem confirma que l'empresa pot optar entre readmissió o indemnització en casos d'acomiadament improcedent de personal indefinit no fix, fins i tot si el treballador va adquirir després la condició de fix.
El Tribunal Supremo confirma que la opción entre readmisión o indemnización corresponde al empresario, incluso en situaciones donde el trabajador haya adquirido posteriormente la condición de fijo tras superar un proceso selectivo.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su STS n.º 211/2026, de 25 de febrero de 2026, desestima el recurso del trabajador y confirma que, declarado improcedente su cese, la empresa puede optar entre la readmisión o la indemnización.
Antecedentes del caso
El litigio parte de una larga sucesión de contratos temporales en una entidad del sector público empresarial entre 2016 y 2022. Tras el cese comunicado para el 31 de mayo de 2022, el trabajador impugnó la extinción y solicitó que se declarase su despido improcedente.
Qué argumenta el Tribunal Supremo
El Supremo recuerda que, conforme al artículo 56.1 ET y al artículo 110.1 de la LRJS, la declaración de improcedencia atribuye al empresario, como regla, la elección entre readmisión e indemnización.
Solo cuando la readmisión no sea realizable puede quedar reducida la alternativa al abono indemnizatorio.
La imposibilidad de readmitir debe ser real
La Sala repasa su doctrina y aprecia que sí existió un periodo en el que la readmisión era viable, ya que tras el despido hubo una solución de continuidad antes de la nueva contratación.
La posterior fijeza no borra esa posibilidad previa
Para el Tribunal, el hecho de que el trabajador superase después un proceso selectivo y accediese a una plaza fija no convierte automáticamente en imposible la readmisión respecto del periodo anterior.
Conclusión
La sentencia refuerza que, en los despidos improcedentes de personal aparentemente temporal que debe ser calificado como indefinido no fijo, la posterior recontratación e incluso el acceso a la fijeza no suprimen automáticamente la opción empresarial.
Si necesita asesoramiento en materia de despido improcedente o relaciones laborales, puede ponerse en contacto con este despacho profesional.
Factura electrònica obligatòria entre empreses i autònoms: claus després de l'aprovació del Govern
El Govern aprova el reial decret que farà obligatòria la factura electrònica entre empreses i professionals. Analitzem què s'ha aprovat, a qui afecta, com funcionarà i quan començarà a aplicar-se.
Ya es oficial. El Gobierno ha aprobado el real decreto que hará obligatoria la factura electrónica entre empresas y autónomos en España. Esta medida se enmarca en el desarrollo de la Ley Crea y Crece y tiene como objetivo reducir la morosidad, agilizar los cobros y pagos y mejorar la competitividad del tejido empresarial.
La nueva normativa afectará a las operaciones entre empresas y profesionales, es decir, al ámbito B2B. No se trata de una obligación dirigida a las facturas emitidas a consumidores particulares, sino a las relaciones comerciales entre negocios, autónomos, pymes y sociedades.
1. ¿Qué se ha aprobado exactamente?
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto que regula el intercambio de factura electrónica entre empresas y profesionales. La finalidad es que todo el ciclo de vida de la factura quede mejor documentado y controlado.
No solo será necesario emitir la factura en formato electrónico, sino también dejar constancia del estado en el que se encuentra, reforzando así la trazabilidad de cada operación comercial.
2. ¿Qué implica la nueva normativa?
Uno de los cambios más importantes es que deberá registrarse electrónicamente información relevante sobre la factura, incluyendo aspectos como:
- La emisión de la factura
- La recepción o aceptación por parte del cliente
- La fecha de pago efectivo
Este sistema busca mejorar el control de los plazos de cobro y pago, combatir la morosidad y ofrecer mayor seguridad jurídica en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos.
3. ¿Cómo se enviarán las facturas?
La normativa prevé que las facturas puedan intercambiarse a través de:
- Plataformas privadas interconectadas
- La plataforma pública gratuita de la AEAT
Esto significa que las empresas deberán disponer de un software de facturación adaptado a los requisitos técnicos que desarrolle la Administración. El objetivo es garantizar que las facturas puedan emitirse, remitirse y consultarse de forma compatible entre distintos sistemas.
4. ¿Cuándo entra en vigor?
La aplicación será progresiva. Los plazos empezarán a contar desde la publicación de la futura orden ministerial de Hacienda que concretará los requisitos técnicos del sistema.
- Empresas con facturación superior a 8 millones de euros: 1 año
- Resto de empresas y autónomos: 2 años
Aunque la aprobación ya se ha producido, todavía habrá un periodo de adaptación antes de que la obligación resulte exigible de forma efectiva para todos los sujetos afectados.
5. ¿Qué relación tiene con VeriFactu?
Es importante no confundir ambos proyectos. La factura electrónica obligatoria B2B y VeriFactu son desarrollos normativos distintos.
La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales deriva de la Ley Crea y Crece y se centra en la digitalización y control de las relaciones comerciales. VeriFactu, en cambio, responde a otra regulación y afecta a los requisitos de los sistemas informáticos de facturación para garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros.
6. ¿Qué deben hacer ahora empresas y autónomos?
Aunque la entrada en vigor no será inmediata, conviene empezar a prepararse. Entre las medidas más recomendables están:
- Revisar el programa de facturación actual
- Comprobar si el software podrá adaptarse a la nueva normativa
- Preparar los procesos internos de emisión, recepción y seguimiento de facturas
- Distinguir claramente esta obligación de otros cambios normativos como VeriFactu
Conclusión
La aprobación del real decreto supone un paso importante en la digitalización de la facturación en España. Para muchas pymes y autónomos, este cambio implicará adaptar herramientas y procesos, pero también puede traducirse en mayor control, menos incidencias y una gestión más ágil de cobros y pagos.
Si necesita adaptar su sistema de facturación o quiere revisar cómo puede afectar esta normativa a su actividad o a la de su empresa, puede ponerse en contacto con este despacho profesional.
